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ALUMNOS LIBRES
Convocatoria Libre Pruebas de Certificación

 

   ESPECIFICACIONES DE EXAMEN Y CALENDARIO DE LAS PRUEBAS

Información de los distintos idiomas y niveles en el portal de la Consejería de Educación.

   

PRUEBAS DE CERTIFICACIÓN (MATRÍCULA LIBRE)

 

(Del 5 de febrero al 12 de febrero de 2024, ambos incluidos – RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan las pruebas de certificación, en régimen libre, de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las Enseñanzas de Idiomas en la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2023-2024. 

           

Para realizar la prueba de certificación será requisito imprescindible tener dieciséis cumplidos en el año en el que se realice la prueba.

Podrán acceder quienes tengan catorce años, cumplidos en el año natural en que comiencen los estudios, para realizar la prueba de certificación de un idioma distinto del cursado en Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera (Art. 6, 1 de la Orden EDU/38/2020). En este caso deberá presentar certificado del centro educativo correspondiente (Art. 4, b, de la Resolución de 9 de febrero de 2023).

INSTRUCCIONES Y DOCUMENTACIÓN

Para acceder a estas enseñanzas será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos (Art. 59.2 LOE 2/2006, de 3 de mayo)

Documentos que se deben aportar a la dirección de correo : 05006028.admin@educa.jcyl.es

 

-       Solicitud de matriculación

-       fotocopia del DNI (o pasaporte, en su caso)

-       resguardo de pago (+ página 2 del documento 046)

-       Certificado de empadronamiento si el solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la consejería de Educación obtenga directamente los datos (Art.4.c)

-       Declaración responsable, conforme al modelo del anexo I, de no estar matriculado en ninguna escuela oficial de idiomas del territorio nacional, ni en régimen oficial ni libre, en el curso 2022-2023 en el mismo nivel o idioma para el que se solicita matriculación.

-       Documentos justificantes de las bonificaciones y exenciones ( Familia numerosa, etc)

 

BONIFICACIONES Y EXENCIONES

Decreto 11/2015, de 29 de enero (BOCyL del 2 de Febrero). 

 

-       En caso de pertenecer a familia numerosa: fotocopia del título oficial o documento de uso individual.

-       En el supuesto de alumnado con discapacidad: copia del certificado o resolución sobre reconocimiento de grado de discapacidad, no obstante, se estará a lo dispuesto en el Art. 4, d y g, 2º de la Resolución de 9 de febrero

-       En el supuesto de víctimas de actos terroristas: copia del informe preceptivo del Ministerio del Interior, de la resolución de reconocimiento por parte de la Admon. Gral. del Estado de pensión extraordinaria por acto de terrorismo, o de la sentencia judicial firme en que se hubiese reconocido. Asimismo, cualquier medio de prueba admisible en derecho cuando sin mediar sentencia se hubiesen llevado a cabo diligencias judiciales o la incoación de procesos penales para el enjuiciamiento de los delitos. No obstante, prevalecerá lo dispuesto en el Art. 4, g, 3º de la Resolución de 9 de febrero.

-       En el supuesto  de alumnado víctima de violencia de género o cuyas progenitoras la sufran, copia de la resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima atinente a causa criminal por violencia de género, o de la sentencia firme que declare que la mujer padeció violencia, o de la certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local, o del informe de la Inspección de Trabajo y de la seguridad Social, o excepcionalmente del informe del Ministerio fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de tal violencia. No obstante, prevalecerá lo dispuesto en el art. 4, g, 4º de la Resolución de 9 de febrero.

 

 

ATENCIÓN: La forma de abono de la matrícula en la comunidad de Castilla y León se efectuará mediante el modelo 046, que es un formulario genérico de pago que engloba todas las tasas y precios públicos vigentes.

El ingreso de los precios públicos se deberá efectuar en la siguiente cuenta de Caixabank:

 

ES35 2100 7703 8113 0050 5376

Están exentos de abono de estas Tasas: familias numerosas de Categoría Especial,  alumnado con minusvalía igual o superior al 33 %, las víctimas de actos terroristas y de violencia de género (así como sus cónyuges e hijos en el primer y último caso)

PRECIOS PÚBLICOS (resumen del Decreto 11/2015 de 29 de enero –BOCyL del 2 de febrero-)

Matrícula en un solo Nivel e Idioma

Alumnos nuevos: 156,41 €

Alumnos nuevos Familia Numerosa:  78,21

Alumnos antiguos: 126,05

Alumnos antiguos Familia Numerosa:  63,03

Desglose de los precios: Apertura de expediente 30,36 (nuevos); Derechos de examen por nivel e idioma: 105,00; servicios administrativos 21,05.

CONSULTEN EN SECRETARÍA LOS PRECIOS PÚBLICOS PARA LAS MATRÍCULAS EN DOS O MÁS IDIOMAS Y/O NIVELES.

 

 

 

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